El Plan de Acción es un requerimiento para ser declarado Zona de Interés Turístico (ZOIT), tal como lo establece el Reglamento que fija el procedimiento ZOIT (Decreto N° 30 del año 2016). Este Plan de Acción, es un instrumento de gestión elaborado de forma participativa por todos los actores relevantes del territorio, entre los que están el Servicio Nacional de Turismo (Sernatur), el o los Municipios que forman parte de la postulación, los gremios turísticos, servicios públicos o cualquier persona natural o jurídica. Este instrumento busca ser la carta de navegación que permita ir avanzando de forma coordinada el tipo de desarrollo turístico por medio de la definición y ejecución de una visión, objetivos y actividades (líneas de acción), que permitan acortar o cerrar las brechas identificadas en el territorio.
Estas brechas se enmarcan en 6 componentes principales, entre los que están: Calidad y capital humano; Promoción; Infraestructura; Gestión de destinos, entre otros. De este modo se busca alcanzar la visión de desarrollo turístico acordada entre los actores relevantes de un territorio y ejecutada por una Mesa Público Privada, con el fin de ordenar y coordinar el desarrollo de cada una de estas actividades